Desde principio de año tomamos puntos de vista de algunos profecionales en sus charlas o conferencias para dar una iniciativa de educación enfocada a la información y la comunicación tecnológica basada tanto en oportunidades que puede tener cada uno de nosotrosLos invito a que conoscan las conferencias dadas hasta este momento
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CONFERENCIA SOBRE EL DERECHO DE AUTOR
- Qué es el derecho de autor?
El derecho de autor es un término jurídico que describe los derechos concedidos a los creadores por sus obras literarias y artísticas. - Obras del derecho de autor?
El tipo de obras que abarca el derecho de autor incluye: obras literarias como novelas, poemas, obras de teatro documentos de referencia, periódicos y programas informáticos; bases de datos; películas, composiciones musicales y coreografías; obras artísticas como pinturas, dibujos fotografías y escultura; obras arquitectónicas; publicidad, mapas y dibujos técnicos. - Que prohíbe el derecho de autor?
su reproducción bajo distintas formas, tales como la publicación impresa y la grabación sonora;
2.Su interpretación o ejecución pública, por ejemplo, en una obra deliterarias o musical;
Muchas obras creativas protegidas por el derecho de autor requieren una gran distribución, comunicación e inversión financiera para ser divulgadas (por ejemplo, las publicaciones, las grabaciones sonoras y las películas); por consiguiente, los creadores suelen vender los derechos sobre sus obras a particulares o empresas más capaces de comercializar sus obras, por el pago de un importe
particulares o empresas más capaces de comercializar sus obras, por el pago de un importe
La propiedad intelectual se divide en dos categorías: la propiedad industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de origen; y el derecho de autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas y las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseños arquitectónicos. Los derechos relacionados con el derecho de autor son los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión.
La propiedad intelectual se divide en dos categorías: la propiedad industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de origen; y el derecho de autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas y las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseños arquitectónicos. Los derechos relacionados con el derecho de autor son los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión.
3 La protección por derecho de autor también incluye derechos morales que equivalen al derecho de reivindicar la autoría de una obra y al derecho de oponerse a modificaciones de la misma
Elementos u obras que están excluidas de protección:
Textos legislativos
Contenido de las noticias
Información de uso común: refranes, calendarios, escalas métricas
Derechos morales
Inalienables, intransferibles, imprescriptibles, inembargables.
Divulgar o no la obra
Reconocimiento de su nombre como autor
Modificar la obra
Retirar la obra del comercio
Derechos patrimoniales
Duran hasta los 100 años después de la muerte del autor
Reproducción
Comunicación pública (interpretación, ejecución, exhibición o difusión)
En diferentes países, los derechos conexos tienen varias definiciones, pero básicamente comprenden los derechos de los intérpretes, los derechos de los productores de fonogramas y los derechos de los radiodifusores de las obras. Los derechos conexos están contemplados internacionalmente por la Convención de Roma para la protección de intérpretes, productores de fonogramas y radiodifusores, firmada en 1961 y administra